En Boltaña, a 22 de septiembre de 2008.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. Presidente de la Comarca de Sobrarbe D............................... actuando en su nombre y representación y facultado para la firma del presente Convenio por acuerdo adoptado en Sesión ordinaria del Consejo comarcal de Sobrarbe de fecha 29 de septiembre de 2008, previo Dictamen favorable de la Comisión Informativa de Desarrollo y Ordenación del Territorio.
Y de otra, D/DÑA.................................., (CARGO QUE OCUPA) actuando en nombre y representación de la Entidad...................(NOMBRE DE LA ENTIDAD).
Reconociéndose ambas partes la capacidad legal suficiente para otorgar el presente Convenio
EXPONEN
Que la Comarca de Sobrarbe, conforme a lo estipulado en el artículo 5.1.12. del a Ley 5/2003, de 26 de febrero de creación de la Comarca de Sobrarbe, podrá ejercer entre otras, competencias en materia de promoción del turismo.
Que en los términos previstos en el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, en lo relativo a las actuaciones de promoción del turismo, corresponde a las comarcas la promoción de la actividad y la oferta turística y la ejecución de actuaciones relativas a la mejora, modernización y coordinación del sector turístico.
Que en desarrollo de la referenciada legislación, el Decreto 4/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los Decretos del Gobierno de Aragón de transferencia de funciones y traspaso de servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas, establece en su apartado C.2.1. que la Comarca de Sobrarbe, en el ámbito de su territorio, es competente entre otras, en la promoción de los recursos y la oferta turística de la Comarca y en la creación, conservación, mejora y protección de estos recursos.
Que en base a lo anteriormente mencionado y con el objetivo arriba expresado, la Comarca de Sobrarbe a través del Plan de Dinamización Turística desarrollado de los años 2002 a 2006, apostó por la puesta en valor del recurso geológico dando los primeros pasos para promocionar el geoturismo ejecutando diferentes acciones de naturaleza turística, entre ellas la denominada Geocampus.
Que tras la realización de numerosas actuaciones en materia de geología en el marco del proyecto Geocampus, en el año 2006 le fue comunicado a la Comarca su ingreso oficial en la Red Europea de Geoparques, ingreso que supuso asimismo la integración del Geoparque de Sobrarbe en la Red Mundial de Geoparques.
Que desde enero del año 2016, El Geoparque de Sobrarbe-Pirineos ha entrado a formar parte del Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y Geoparques de la UNESCO
Que la Comarca de Sobrarbe, en el seno del Geoparque Mundial de la UNESCO de Sobrarbe-Pirineos pretende la promoción del geoturismo y el fomento, investigación y conservación de la geología en el territorio comarcal, la mejora de la calidad turística en la comarca de Sobrarbe, ligada a los recursos geológicos del Geoparque, así como la educación y difusión medioambiental en relación con los recursos geológicos del Geoparque .
Que la entidad (NOMBRE DE LA ENTIDAD) estima de importancia la labor de difusión del Geoparque realizada por la Comarca de Sobrarbe, por lo que manifiesta su deseo de colaborar en estas acciones de fomento, a través de sus actividades propias.
Por cuanto antecede, los comparecientes firman el presente Convenio con arreglo a las siguientes:
Es objeto del presente Protocolo formalizar y delimitar el ámbito en el que Entidades de la Comarca de Sobrarbe, van a colaborar en las tareas de promoción y difusión del Geoparque de Sobrarbe-Pirineos en la ejecución de sus propias actividades.
1. Compromisos de la Comarca de Sobrarbe:
La Comarca de Sobrarbe asume, mediante la firma del presente Protocolo, los siguientes compromisos:
2. Compromisos de la Entidad colaboradora: La Entidad asume mediante la firma del presente Protocolo, los siguientes compromisos:
El presente Protocolo tendrá vigencia anual. Dicho periodo podrá ser prorrogado por anualidades previa entrega preceptiva por parte de la Entidad colaboradora a la Comarca de Sobrarbe de una memoria relativa a la oferta anual de actividades, y comprobación por parte de la Comarca de la adecuación de estas actividades al contenido del Geoparque y de los Estatutos y Directrices Operativas del Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y Geoparques de la UNESCO.
El presente Protocolo puede quedar resuelto por las siguientes causas:
Este Protocolo tiene naturaleza administrativa Las partes acuerdan el sometimiento a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para resolver las incidencias que pudieran producirse en la aplicación del mismo, sin perjuicio del sometimiento a la jurisdicción correspondiente de los conflictos que, derivados del mismo, pudieran tener otra naturaleza. Para la debida constancia de lo convenido, y en prueba de conformidad, las partes firman cada una de las hojas de que consta este Protocolo, por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.
Fdo: EL PRESIDENTE DE LA COMARCA DE SOBRARBE
Fdo: EL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD COLABORADORA
Avda. Ordesa 79. 22340 Boltaña. Huesca. 974 518 025. geoparque@geoparquepirineos.com